II. EE. Suministro de productos exentos.Fuerzas armadas de la OTAN
Datos Generales
Denominación
II. EE. Suministro de productos exentos.Fuerzas armadas de la OTAN
Tipo de procedimiento
Tributaria
Materia
Impuestos
Objeto
Autorización de suministros exentos a las Fuerzas Armadas de cualquier Estado, distinto de España, que sea parte de la OTAN para los productos objeto de los Impuestos Especiales sobre el Alcohol y Bebidas Alcohólicas, del Impuesto sobre las Labores del Tabaco, del Impuesto sobre la Electricidad, y para los combustibles, y carburantes destinados a las instalaciones de dichas Fuerzas, incluidos en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos
Órgano responsable
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Información general del procedimiento
Forma de inicio
interesado
Solicitante: Ciudadano - Empresa
Lugar de presentación
Telemática.
Oficinas de la AEAT
Documentación
Solicitud de autorización exención
Fases del procedimiento/servicio
Inicio: Presentación solicitud.
Tramitación: Por Departamento de Aduanas e II. EE., Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.
Terminación: Resolución por Departamento de Aduanas e II .EE., trasladada a interesados a través del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.
Formularios
Plazo de resolución
6 Mes/es
Órgano de resolución
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Recursos
Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Información vinculada a la tramitación electrónica
Sistema de identificación
DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica
Normativa
Normativa Básica
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Ley 38/1992, de 28 de diciembre,
de Impuestos Especiales. Artículo 9.1.c). ( BOE 29-diciembre-1992)
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Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales. Artículos 4.2, 5.3 y 130.2. (BOE 28-julio-1995)
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Real Decreto 160/2008, de 8 de febrero,
por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrollan las exenciones fiscales relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado y se establece el procedimiento para su aplicación. Artículo 8. (BOE 29-febrero-2008)
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ORDEN de 24 de mayo de 2001 por la que se establecen los límites de las franquicias y exenciones en régimen diplomático, consular y de Organismos Internacionales a que se refiere la disposición final primera del Real Decreto 3485/2000,
de 29 de diciembre. (BOE 26-mayo-2001)