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II. EE. Autorización. Reenvío a Fábrica o Depósito Fiscal de productos mezclados o contaminados

Datos Generales

Denominación

II. EE. Autorización. Reenvío a Fábrica o Depósito Fiscal de productos mezclados o contaminados

Tipo de procedimiento

Tributaria

Materia

Impuestos

Objeto

Autorización para reenvío a fabrica o deposito fiscal de productos objeto del impuesto especial que hayan resultado mezclados con otro o contaminados.

Órgano responsable

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Información general del procedimiento

Forma de inicio

interesado

Solicitante: Ciudadano - Empresa

Lugar de presentación

Telemática.

Oficinas de la AEAT

Documentación

Solicitud de autorización para reenvio de productos contaminados a fábrica o depósito fiscal.

Fases del procedimiento/servicio

Inicio: presentación solicitud.

Tramitación: por Oficina Gestora de II. EE.

Terminación: Resolución por Oficina Gestora de II. EE.

Formularios

Tramitación electrónica

Plazo de resolución

Mes/es

Órgano de resolución

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Recursos

Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa

Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.

Información vinculada a la tramitación electrónica

Sistema de identificación

DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN

Nivel de interactividad

Nivel 4: Tramitación electrónica

Normativa

Normativa Básica