Procedimiento para la práctica de liquidaciones en el ámbito aduanero (Artículo 134 RGAT).
Datos Generales
Denominación
Procedimiento para la práctica de liquidaciones en el ámbito aduanero (Artículo 134 RGAT).
Tipo de procedimiento
Tributaria
Materia
Impuestos
Objeto
Control a posteriori de las declaraciones de aduanas presentadas.
Órgano responsable
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Información general del procedimiento
Forma de inicio
interesado
Solicitante: Ciudadano - Empresa
oficio
Solicitante: Administración
Lugar de presentación
Telemática.
Oficinas de la AEAT
Documentación
No procede.
Fases del procedimiento/servicio
Inicio: notificación al obligado del inicio del procedimiento.
Tramitación: por las Aduanas.
Finalización: Resolución por el órgano competente.
Formularios
Plazo de resolución
6 Mes/es
Órgano de resolución
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Recursos
Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Información vinculada a la tramitación electrónica
Sistema de identificación
DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica
Normativa
Normativa Básica
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Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria. (BOE 18-diciembre-2003)
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Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos. (BOE 5-septiembre-2007)
-
Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013,
por el que se establece el código aduanero de la Unión. (DOUE, 10-octubre-2013)
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Reglamento Delegado (UE) 2016/341 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2015,
por el que se completa el Reglamento (UE) n.° 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las normas transitorias para determinadas disposiciones del Código aduanero de la Unión mientras no estén operativos los sistemas electrónicos pertinentes y por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2015/2446. (DOUE, 15-marzo-2016)
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Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015,
por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el código aduanero de la Unión. (DOUE, 29-diciembre-2015)
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Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión, de 28 de julio de 2015,
por el que se completa el Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión. (DOUE, 29-diciembre-2015)