Modelo 798. Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito. Pago anticipado.
Datos Generales
Denominación
Modelo 798. Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito. Pago anticipado.
Tipo de procedimiento
Tributaria
Materia
Impuestos
Objeto
Pago anticipado a realizar en el mes de febrero por los sujetos obligados al gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito.
Órgano responsable
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Información general del procedimiento
Forma de inicio
interesado
Solicitante: Empresa
Lugar de presentación
Telemática, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Fases del procedimiento/servicio
No tiene fases específicas de tramitación
Formularios
Plazo de resolución
No tiene
Órgano de resolución
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Información vinculada a la tramitación electrónica
Sistema de identificación
Certificado electrónico
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica
Normativa
Normativa Básica
-
Ley 38/2022, de 27 de diciembre,
para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias.
-
Orden HFP/94/2023, de 2 de febrero,
por la que se aprueban el modelo 795, "Gravamen temporal energético. Declaración del ingreso de la prestación", el modelo 796, "Gravamen temporal energético. Pago anticipado", el modelo 797, "Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito. Declaración del ingreso de la prestación" y el modelo 798, "Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito. Pago anticipado", y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación (BOE de 3-febrero-2023)