Autorizaciones. Acuerdos previos de valoración de las retribuciones en especie del trabajo personal a efectos de la determinación del correspondiente ingreso a cuenta del IRPF.
Datos Generales
Denominación
Autorizaciones. Acuerdos previos de valoración de las retribuciones en especie del trabajo personal a efectos de la determinación del correspondiente ingreso a cuenta del IRPF.
Tipo de procedimiento
Tributaria
Materia
Impuestos
Objeto
Valoración por la Administración tributaria de los rendimientos del trabajo que se satisfagan en especie, a los exclusivos efectos de determinar el ingreso a cuenta correspondiente. El acuerdo vinculará a la Administración tributaria y a los solicitantes durante su plazo de vigencia, siempre que no se modifique la legislación o varíen significativamente las circunstancias económicas que fundamentaron la valoración.
Órgano responsable
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Información general del procedimiento
Forma de inicio
interesado
Solicitante: Ciudadano - Empresa
Lugar de presentación
Telemática.
Oficinas de la AEAT.
Oficinas de Correos.
Demás lugares contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015.
Documentación
Solicitud del interesado.
Fases del procedimiento/servicio
Inicio: Solicitud presentada por interesado.
Tramitación: Por Equipos o Unidades de Inspección, que podrán requerir a los solicitantes cuantos datos, informes, antecedentes y justificantes tengan relación con la propuesta. Los solicitantes podrán , en cualquier momento anterior al trámite de audiencia, presentar las alegaciones y aportar los documentos o justificantes que estimen oportunos. Tanto los solicitantes como la Administración podrán proponer la práctica de las pruebas que estimen pertinentes. Igualmente podrán solicitar la emisión de informes periciales que versen sobre el contenido de la propuesta de valoración.
Terminación: Deberá dictarse resolución motivada que podrá aprobar la propuesta, desestimarla o aprobar otra propuesta alternativa. Será competente para resolver el procedimiento el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.
Formularios
Plazo de resolución
6 Mes/es
Órgano de resolución
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Recursos
La resolución que se dicte no será recurrible, sin perjuicio de los recursos y reclamaciones que puedan interponerse contra los actos de liquidación que se efectúen como consecuencia de la aplicación de los valores establecidos en la resolución.
Información vinculada a la tramitación electrónica
Sistema de identificación
DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica
Normativa
Normativa Básica
Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo,por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Disposición Adicional 2ª. (BOE 31-marzo-2007)