Cotejo de documentos electrónicos.
Datos Generales
Denominación
Cotejo de documentos electrónicos.
Tipo de procedimiento
Tributaria
Materia
Impuestos
Objeto
Comprobación por parte del ciudadano de la autenticidad e integridad de un documento generado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mediante la comparación entre el documento físico y el que figura en la sede electrónica de la AEAT.
Órgano responsable
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Información general del procedimiento
Forma de inicio
interesado
Solicitante: Ciudadano - Empresa
Lugar de presentación
Telemática
Documentación
Documento administrativo emitido por la AEAT que es objeto de cotejo.
Fases del procedimiento/servicio
Inicio. Emisión por parte de la AEAT de un documento administrativo que lleva impreso en el pie de su primera hoja un Código Seguro de Verificación.
Tramitación. El ciudadano, una vez en posesión del documento emitido por la AEAT, entrará en la página web de ésta (www.agenciatributaria.gob.es), accederá a la opción "Cotejo de documentos mediante código seguro de verificación (CSV) " y, una vez allí, introducirá los dígitos del código seguro de verificación que aparece en el pie de la primera página del documento que le ha sido enviado. En supuestos especiales se le exigirá, además, la identificación con un certificado electrónico o con DNI electrónico.
Terminación. Al introducir el código seguro de verificación, se visualizará el documento administrativo al que está vinculado dicho código, de modo que el ciudadano podrá comprobar la identidad entre el documento que ha recibido y el que se encuentra en la sede electrónica de la AEAT.
Formularios
Plazo de resolución
No tiene
Órgano de resolución
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Información vinculada a la tramitación electrónica
Sistema de identificación
Otros, Clave PIN
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica
Normativa
Normativa Básica
-
Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre,
por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Artículo 20. (BOE 18-noviembre-2009)
-
Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 2-octubre-2015)