Preguntas frecuentes del modelo 174
Saltar índice de la información¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 174?
Las entidades emisoras de todo tipo de tarjetas, con soporte físico o virtual, que ofrezcan funciones de efectivo, débito, débito diferido, crédito y dinero electrónico, en cualquier moneda, están obligadas a presentar la declaración informativa acerca de las operaciones realizadas con las citadas tarjetas:
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Las entidades de crédito y demás entidades que, de acuerdo con la normativa vigente, se dediquen al tráfico bancario o crediticio.
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Las entidades de pago, las entidades de dinero electrónico y, en general, cualquier otra entidad emisora de las tarjetas anteriormente referenciadas.
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Las sucursales en territorio español de las entidades anteriores de otros Estados miembros de la Unión Europea o de terceros países, así como estas mismas entidades que, según la normativa reguladora, operen en España en régimen de libre prestación de servicios, en este último caso en cuanto emitan tarjetas a personas o entidades residentes en España, así como a favor de establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades no residentes.