Identificación a través del teléfono para la realización de determinados trámites, mediante el sistema Cl@ve PIN
El sistema habilitado en la llamada pedirá el NIF/NIE del obligado tributario y un dato contraste (fecha o número soporte) tras lo cual se le enviará el PIN a su teléfono móvil. A continuación, el código PIN será solicitado por el agente telefónico que, tras comprobar que es correcto, procederá a atender la demanda solicitada.
Resolución de 1 de julio de 2020,
del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se habilitan trámites y actuaciones a través del canal telefónico, mediante el sistema de firma no avanzada con clave de acceso en un registro previo (sistema cl@ve pin).