Nota sobre los efectos, en el ámbito tributario, del Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, y del Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero
De conformidad con los criterios establecidos por la Dirección General de Tributos, los efectos en el ámbito tributario producidos por el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social, y el Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial, ambos no convalidados, son los siguientes:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Respecto al ejercicio 2025:
En la fecha de devengo del IRPF para 2025, las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, estaban en vigor y desplegando sus plenos efectos jurídicos, por lo que resultan de aplicación en 2025 las siguientes medidas:
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Imputación de rentas inmobiliarias (disposición adicional quincuagésima quinta de la LIRPF, modificada por el artículo 14. Dos del Real Decreto-ley 16/2025).
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Prórroga de las deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas reguladas en los apartados 1 y 2 de la disposición adicional quincuagésima de la LIRPF (disposición adicional quincuagésima de la LIRPF, modificada por el artículo 14. Uno del Real Decreto-ley 16/2025). La deducción del apartado 3 se aplicaba en 2025 con la redacción anterior.
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Plazo de renuncias y revocaciones al método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (artículo 15 del Real Decreto-Ley 16/2025). Son válidas las renuncias y revocaciones presentadas durante la vigencia del Real Decreto-ley 16/2025 y del Real Decreto-ley 2/2026.
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Exención por daños personales en incendios forestales (artículo 16 del Real Decreto-Ley 16/2025).
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Exención de las ayudas aprobadas por la Comunitat Valenciana (artículo 20 del Real Decreto-Ley 16/2025) en:
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El Decreto 172/2024, de 26 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes dirigidas a facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas que hayan sufrido daños por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.
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El Decreto 176/2024, de 3 de diciembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas urgentes dirigidas a las personas trabajadoras autónomas de las zonas de la Comunitat Valenciana afectadas por la DANA.
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Respecto al ejercicio 2026 se mantienen los límites para la aplicación del método de estimación objetiva vigentes en los ejercicios 2016 a 2024 (disposición transitoria trigésima segunda de la LIRPF, modificada por el artículo 14. Cuatro del Real Decreto-Ley 16/2025).
Impuesto sobre el Valor Añadido
Respecto al ejercicio 2026 se mantienen los límites para la aplicación de los regímenes simplificado y especial de agricultura, ganadería y pesca, vigentes en los ejercicios 2016 a 2024 (Disposición transitoria decimotercera de la LIVA modificada por el artículo 12 del Real Decreto-ley 16/2025).