¿Sobre qué valores tengo que aplicar los tipos del impuesto?
Conoce los valores que debes declarar según se trate de un medio de transporte nuevo o usado, que servirán de base para la aplicación de los tipos del impuesto
Medios de transporte nuevos
En este caso, debo tomar el importe que con ocasión de la adquisición del medio de transporte se haya determinado como base imponible a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, de un impuesto equivalente o, a falta de ambos, por el importe total de la contraprestación satisfecha por el adquirente, determinada conforme al artículo 78 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido. En este último caso, no formarán parte de la base imponible las cuotas del Impuesto General Indirecto Canario satisfechas o soportadas directamente por el vendedor del medio de transporte.
Medios de transporte usados
En este caso, debes de tomar el valor de mercado a la fecha de devengo del Impuesto.
Si hubieran estado previamente matriculados en el extranjero y sean objeto de primera matriculación definitiva en España teniendo la condición de usados, del valor de mercado se minorará, en la medida en que estuviera incluido en el mismo, el importe residual de las cuotas de los impuestos indirectos que habrían sido exigibles, sin ser deducibles, en el caso de que el medio de transporte hubiera sido objeto de primera matriculación definitiva en España hallándose en estado nuevo.
También puedes utilizar, para determinar el valor de mercado, los precios medios de venta aprobados al efecto por el Ministerio de Economía y Hacienda que estuviesen vigentes en la fecha de devengo del impuesto. Si utilizas este valor, la Administración tributaria no comprobará el mismo por los otros medios previstos en el artículo 57 de la Ley General Tributaria.