¿Por qué importes se puede deducir?
Qué cantidades invertidas son deducibles
Puedes deducir por las cantidades invertidas durante el ejercicio:
- Para inversiones en adquisición, rehabilitación, construcción o ampliación de la vivienda habitual: hasta 9.040 € anuales.
Este límite será único para el conjunto de los conceptos de inversión reseñados y se aplicará en idéntica cuantía en tributación conjunta.
- Por cantidades destinadas a la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual del contribuyente por razón de discapacidad: hasta 12.080 € anuales. Este último límite es independiente del límite de 9.040 € establecido para los restantes conceptos deducibles por inversión en vivienda habitual.
Este límite se aplicará en idéntica cuantía en tributación conjunta.
En ambos casos, el eventual exceso de las cantidades invertidas sobre dichos importes no puede trasladarse a ejercicios futuros.
Los contribuyentes que deseen ejercer el derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual por cumplir los requisitos exigidos, estarán obligados, en todo caso, a presentar declaración por el IRPF .