Deuda aduanera y garantías
Infórmate de lo que debes pagar por importar o exportar una mercancía y la constitución de garantías
Nacimiento de la deuda aduanera
Una deuda aduanera de importación nacerá:
- Al incluirse las mercancías no pertenecientes a la Unión sujetas a derechos de importación en alguno de los regímenes aduaneros (artículo 77.1 CAU) siguientes:
- El despacho a libre práctica, incluso con arreglo a las disposiciones del destino final.
- La importación temporal con exención parcial de derechos de importación.
- Cuando se aplique una prohibición de devolución o de exención de derechos de importación a mercancías no originarias utilizadas en la fabricación de productos para los que se expida o se establezca una prueba de origen en el marco de un acuerdo preferencial entre la Unión y determinados países o territorios situados fuera de su territorio aduanero o grupos de dichos países o territorios (CLAUSULA NO DRAW- BACK).
- Por incumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación aduanera relativa a:
- La introducción de mercancías no pertenecientes a la Unión en su territorio aduanero.
- La retirada de mercancías no pertenecientes a la Unión de la vigilancia aduanera.
- La circulación, transformación, depósito, depósito temporal, importación temporal o disposición de mercancías no pertenecientes a la Unión en su territorio aduanero.
- Destino final de las mercancías dentro del territorio aduanero de la Unión.
- Cumplimento de las condiciones que regulan la inclusión de mercancías no pertenecientes a la Unión en un régimen aduanero o la concesión, en virtud del destino final de las mercancías, de una exención de derechos o de una reducción del tipo de los derechos de importación.