Modificación del plazo que afecta a los intereses de demora en aplazamientos COVID
Mediante el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19, publicado en el BOE el día 27 de mayo, se amplía a cuatro meses el plazo de no devengo de intereses de demora para los aplazamientos del 52 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Antes de esta modificación, estaba previsto que no se devengasen intereses de demora durante los primeros tres meses del aplazamiento.