Noticia sobre la salida del depósito distinto del aduanero de mercancía previamente despachada a libre práctica o procedente de territorios fiscales especiales que no sea objeto de impuestos especiales
Desde el 1 de enero de 2023 la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero de bienes previamente importados y vinculados a dicho régimen determina el hecho imponible importación para todos los bienes salvo los que sean objeto de impuestos especiales. Esto es resultado de la incorporación de un nuevo apartado Tres al artículo 18 de la Ley 37/1992 del IVA llevada a cabo por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Anteriormente, algunas de estas operaciones tenían la consideración de operaciones asimiladas a la importación y eran objeto de declaración-liquidación en el modelo 380 pasando, a partir del 1 de enero de 2023, a tener la consideración de importación debiendo declararse en un DUA con el nuevo régimen creado al efecto (régimen 82).