Módulo "Distancia recorrida"
Normativa: Instrucción 7 para la aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF del anexo II de la Orden HAC/1155/2020, de 25 de noviembre (BOE del 4 de diciembre).
La actividad de transporte por autotaxis tiene como módulo asignado la "distancia recorrida" por cada vehículo afecto a la actividad, debiendo computarse la totalidad de los recorridos en el año. La unidad está constituida por 1.000 km.