Ejemplo 1: trabajadora por cuenta ajena sin otras rentas
Doña LMP, residente en la Comunidad Autónoma de Madrid, trabaja como auxiliar administrativa en una empresa del sector servicios por lo que obtuvo en 2025 unos rendimientos íntegros del trabajo de 16.500 euros, derivados de su trabajo. Durante ese año, percibió además una ayuda por nacimiento de hijo, exenta de tributación. Las cotizaciones a la Seguridad Social satisfechas por su actividad laboral ascendieron a 1.200 euros. La cuota íntegra total resultante de su declaración fue de 187,19 euros, correspondiente íntegramente a los rendimientos del trabajo anteriormente citados, al no haber otras rentas que integren la base liquidable general.
Determinar el importe de la deducción por obtención de rendimientos del trabajo que tendría derecho a aplicar de acuerdo con los datos suministrados.
Solución:
Doña LMP tendrá derecho a aplicar la nueva deducción al haber obtenido unos rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 18.276 euros derivados de su actividad laboral, sin ningún otro tipo de rentas.
La ayuda por nacimiento de hijo no tiene incidencia al estar exenta de IRPF.
Importe de la deducción:
Al haber obtenido rendimientos íntegros del trabajo derivados de la prestación efectiva de servicios correspondientes a una relación laboral inferiores a 16.576 euros, le corresponde el importe máximo de la deducción: 340 euros.
Límite máximo aplicable:
El importe de la deducción no podrá exceder de la parte de la suma de las cuotas íntegras estatal y autonómica que proporcionalmente corresponda a dichos rendimientos netos del trabajo computados para determinar de la base liquidable general.
Dado que en este caso no hay más rentas, los rendimientos netos del trabajo representan el 100 por 100 de la base liquidable general, de modo que el límite será 187,19 euros, que corresponde con la cuota íntegra total.