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Manual práctico de Renta 2025. Parte 1.

Ejemplo 3: trabajadora con pensión inferior a 6.500 euros

Doña CRM, residente en la Comunidad de Madrid, trabajó como auxiliar de enfermería en un centro de salud hasta el mes de agosto de 2025, en que cumplió 65 años, momento en que accedió a la jubilación ordinaria. Durante ese año percibió los siguientes ingresos:

  • Rendimientos íntegros del trabajo procedentes de su relación laboral hasta agosto: 17.500 euros. Cotizaciones a la Seguridad Social: 595 euros.

  • Pensión contributiva de jubilación (septiembre-diciembre): 3.800 euros.

  • Retención: 1.350,15 euros.

    Determinar el importe de la deducción por obtención de rendimientos del trabajo que tendría derecho a aplicar de acuerdo con los datos suministrados.

    Solución:

    Doña CRM tendrá derecho a la deducción pues ha obtenido réndimientos íntegros del trabajo derivados de la prestación efectiva de servicios correspondientes a una relación laboral o estatutaria inferiores a 18.276 euros y no supera el límite de 6.500 euros establecido para rentas distintas de las que generan derecho a la deducción (pensión de 3.800 euros).

    Importe de la deducción:

    Dado que el importe de los rendimientos íntegros del trabajo está entre 16.576 y 18.276 euros, el importe de la deducción será el resultado de:

    340 – [0,2 x (17.500 – 16.576)] = 155,20 euros.

    Límite de la deducción:  

    Téngase en cuenta que para determinar la parte de la suma de la cuota íntegras estatal y autonómica que corresponde a estos rendimientos netos se han de tener en cuenta estos rendimientos íntegros minorados exclusivamente en aquellos gastos deducibles vinculados a ellos.