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Manual específico para personas con discapacidad

Comunidad Autónoma de Andalucía

Los contribuyentes que en 2022 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía podrán aplicar las siguientes deducciones autonómicas:

  1. Por cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual

    (Arts. 10 y 2, disposición adicional primera Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía)

  2. Para el padre o madre de familia monoparental y, en su caso, con ascendientes mayores de 75 años

    (Arts. 13 y 4; y disposición transitoria segunda Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía)

  3. Para contribuyentes con discapacidad

    (Arts. 16 y 3 Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía)

  4. Para contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad

    (Arts. 17 y 3 Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía)

  5. Por asistencia a personas con discapacidad

    (Arts. 18 y 3 Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía)