5.3.1. ¿Cómo acogerse al SII de forma voluntaria?
Existe la posibilidad de acogerse al SII de forma voluntaria, optando en cualquier momento mediante la presentación del modelo 036 (casillas 143 y 532), quedando incluido desde el día siguiente a aquél en que finalice el período de liquidación en que se hubiese ejercido dicha opción.
EJEMPLO:
Una empresa que opta por el SII, presentando el modelo 036 el 10 de febrero de 2021, quedará incluida en el sistema desde el 1 de abril de 2021.
La información relativa a las facturas expedidas y recibidas antes de 1 de abril, tendrá como plazo para remitirlas hasta 31 de diciembre de 2021 (inclusive). Las expedidas o recibidas con posterioridad serán remitidas en los plazos específicos del SII ya comentados.
Los contribuyentes incluidos en el SII no están obligados a presentar la Declaración anual de operaciones con terceras personas, modelo 347Nueva ventana, y la Declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido, modelo 390Nueva ventana.
Esta exoneración conlleva la necesaria cumplimentación de casillas adicionales en la autoliquidación correspondiente al último periodo de liquidación del ejercicio.