Saltar al contenido principal
Manual Grandes Empresas

4.2.1. IVA. Modelo 303

Las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido deberán presentarse con periodicidad mensual, en el modelo 303, obligatoriamente por vía telemática. Los plazos de presentación de las autoliquidaciones mensuales de IVA son los siguientes:

Período

Plazo de presentación (*)

Plazo de domiciliación (*)

ENERO

Último día mes febrero

hasta el 23 de febrero

FEBRERO

del 1-30 marzo

del 1 al 25 marzo

MARZO

del 1-30 abril

del 1 al 25 de abril

ABRIL

del 1-30 mayo

del 1 al 25 de mayo

MAYO

del 1-30 junio

del 1-25 junio

JUNIO

del 1-30 julio

del 1 al 25 julio

JULIO

del 1-30 agosto

del 1-25 agosto

AGOSTO

del 1-30 septiembre

del 1-25 septiembre

SEPTIEMBRE

del 1-30 octubre

del 1-25 octubre

OCTUBRE

del 1-30 noviembre

del 1-25 noviembre

NOVIEMBRE

del 1-30 diciembre

del 1-25 diciembre

DICIEMBRE

del 1-30 enero

del 1 al 27 de enero

(*) Si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente y el plazo de domiciliación bancaria se ampliará con carácter general el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de dicha declaración.

Si desea consultar el calendario de días inhábiles puede hacerlo en el siguiente enlace: Calendario de días inhábilesNueva ventana.

Si quiere conocer con exactitud los plazos de presentación en cada mes, puede consultar el calendario del contribuyente.

De encontrarse acogido al Régimen Especial de Grupos de Entidades en IVA, no se verán modificados los modelos a presentar (Modelos 322 y 353) ni su periodicidad (mensual). Los plazos de presentación y domiciliación son los mismos que los señalados para el modelo 303 mensual.