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Manual de Importación y Exportación de envíos de escaso valor

2.6.3.1. Régimen de la ventanilla única para las importaciones (IOSS)

El proceso de despacho de aduana empleando la IOSS se basa en los siguientes principios:

  • los proveedores (o los sujetos pasivos considerados proveedores) o sus intermediarios pagan el IVA a las autoridades fiscales nacionales del Estado miembro de identificación;
  • los envíos postales pueden declararse empleando el régimen de la IOSS en otro Estado miembro distinto del de destino;
  • en tales casos es fundamental que el operador de servicios postales o las autoridades aduaneras del Estado miembro de destino puedan reconocer fácilmente el estatuto de la Unión de los envíos declarados y despachados a libre práctica empleando el régimen de la IOSS;
  • el proceso postal ordinario suele conllevar facturas de entrega postales (CN 37, CN 38, CN 41) y etiquetas de receptáculos (CN 34, CN 35, CN 36) del país de expedición al país de destino, que suele ser el país en el que se presenta la declaración en aduana de despacho a libre práctica; el servicio de correos de tránsito no suele participar en el proceso de despacho de aduana a libre práctica: la hipótesis de que en el mismo receptáculo se incluyan envíos no pertenecientes a la Unión y mercancías de la Unión (declaradas usando el régimen de la IOSS) es muy improbable; además, es preciso tener en cuenta que el mensaje ITMATT solo se envía al servicio de correos de destino, es decir, que, a menos que exista un acuerdo entre los servicios de correos de origen, de tránsito y de destino, el país de tránsito (en caso de haberlo) no recibirá el mensaje ITMATT para poder despachar las mercancías.

Ejemplo 1:

USPS expide unas mercancías con destino a Alemania, que son transportadas por vía aérea hasta Luxemburgo y por carretera hasta su destino final en Alemania, donde se presenta la declaración en aduana de despacho a libre práctica.

Cada envío individual que contenga bienes debe llevar un formulario de declaración en aduana CN 22 o CN 23. Los bienes se transportan con arreglo al Convenio Postal Universal, y USPS entrega una factura de entrega postal a efectos del transporte a la compañía aérea que transporta estos envíos postales a Luxemburgo. Para el tramo de transporte comprendido entre Luxemburgo y Alemania, puede emplearse bien una factura de entrega postal (con etiquetas de color amarillo), bien un documento CMR (con el procedimiento T1).

Caso 1: El servicio de correos luxemburgués no está implicado en el proceso de tránsito (tránsito cerrado).

  • El servicio de correos alemán debe contar con un centro (con un código de centro de tratamiento del correo internacional o CTCI) situado en Luxemburgo para poder pegar etiquetas amarillas. En este caso, los envíos están incluidos en un régimen de tránsito postal y deben llevar una etiqueta amarilla. Normalmente, los camiones que suelen transportar envíos desde un punto de tránsito a un destino contienen varios tipos de mercancías (pertenecientes y no pertenecientes a la Unión). Los diversos tipos de mercancías deben separarse en receptáculos distintos. El servicio de correos alemán en Luxemburgo edita una factura de entrega postal para transportar estos envíos desde Luxemburgo hasta Alemania, y dicho documento incluirá la información relativa a todos los receptáculos incluidos en el camión.
  • Si los envíos se entregan a un operador de servicios no postales ubicado en Luxemburgo, este debe establecer un procedimiento de tránsito T1 con arreglo al Nuevo Sistema de Tránsito Informatizado (NSTI). Además, dicho operador debe editar un documento CMR para transportar los envíos de Luxemburgo a Alemania. Posteriormente, una vez que lleguen a Alemania, el servicio de correos alemán debe enviar un mensaje al operador para despachar el procedimiento T1.

Caso 2: El servicio de correos luxemburgués participa en el proceso de tránsito (tránsito abierto).

  • Los envíos están incluidos en el régimen de tránsito postal y las mercancías de la Unión y las no pertenecientes a la Unión deben separarse en receptáculos distintos. El servicio de correos luxemburgués coloca etiquetas amarillas en los receptáculos que contienen mercancías no pertenecientes a la Unión en régimen de tránsito. A continuación, edita una factura de entrega postal para transportar estos envíos desde Luxemburgo hasta Alemania, y dicho documento incluirá la información relativa a todos los receptáculos incluidos en el camión.

Para el transporte a Alemania en régimen de tránsito postal, un operador de servicios postales de la UE debe colocar la etiqueta amarilla en el receptáculo (véase la descripción en el Manual de Tránsito) al ser presentado en el momento de su entrada en la UE. La etiqueta amarilla es una prueba para las autoridades aduaneras del Estado miembro de tránsito y el de destino de que las mercancías no pertenecen a la Unión (es decir, que no han sido despachadas a libre práctica).

Ejemplo 2:

USPS expide unas mercancías cuyo destinatario se encuentra en Alemania, pero que están destinadas a Luxemburgo para el despacho de aduana: se transportan por vía aérea hasta Luxemburgo, el despacho de aduana tiene lugar en Luxemburgo con arreglo al régimen de la IOSS y se transportan por carretera al destino ubicado en Alemania.

  • El proceso de despacho de aduana puede realizarlo el operador de servicios postales en el primer punto de entrada a la UE presentando una declaración en aduana con el conjunto de datos H7 (si procede).
  • Por operador de servicios postales del país de tránsito se entiende el operador nacional de servicios postales del país o a un representante de cualquier operador de servicios postales de la UE que disponga de un código CTCI.

En todos los casos, si un operador no dispone del código CTCI, no está autorizado para despachar envíos en el país de tránsito con documentación de la UPU.

  • Siempre que se recurra al tránsito, la factura de entrega postal y los datos ITMATT irán destinados de los EE.UU. a Luxemburgo, y el transporte postal desde los EE.UU. concluirá en Luxemburgo; para el transporte postal por carretera hasta Alemania, se organizará un nuevo transporte postal.
  • Si las mercancías se han despachado a libre práctica en un Estado miembro distinto al de destino final, las autoridades aduaneras del Estado miembro de destino deben poder detectarlo claramente.
  • Tras esta fase, los envíos postales se considerarán envíos pertenecientes a la UE y se transportarán al servicio de correos de destino dentro de la UE sin necesidad de ningún otro régimen aduanero adicional (sin fijar etiquetas amarillas).

El operador de servicios postales solo puede llevar a cabo el proceso de despacho de las mercancías en el primer punto de entrada si estas están amparadas por un acuerdo entre el operador de tránsito y el servicio de correos de destino por motivos operativos (véase el artículo 20.3 del Convenio Postal Universal).

Siempre que el despacho de aduana a libre práctica no se realice en el país de destino del envío sino en un Estado miembro distinto es fundamental que el estatuto de mercancías de la Unión sea fácilmente reconocible en el país de destino, especialmente cuando la etiqueta original o el sello postal de un tercer país todavía figure en el envío y su apariencia no permita distinguir si se trata de mercancías de la Unión o no pertenecientes a la Unión [es decir, cuando lo envíe un operador de servicios postales con sede en la UE desde una Oficina de Cambio Extraterritorial (ETOE) situada en un tercer país que utilice sellos postales del operador con sede en la UE].