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Manual de Importación y Exportación de envíos de escaso valor

2.6. Despacho de aduana de envíos postales

Todos los envíos postales importados a la UE, con independencia de su valor, pueden declararse para su despacho a libre práctica utilizando la declaración en aduana normal con el conjunto de datos completo (conjunto de datos H1) o, cuando se cumplan las condiciones previstas en el artículo 166 del CAU, la declaración simplificada (conjunto de datos I1).

Además, el cuadro que figura a continuación muestra las posibles formalidades simplificadas para el despacho de dichos bienes, en función de su valor:

Valor del bien Declaración o forma de presentación Fechas Características
Bienes ≤150 EUR Declaración electrónica en aduana con el conjunto de datos H7 A partir del 1 de julio de 2021
  • Bienes sujetos a una franquicia aduanera (artículos 23 y 25 del RFA)
  • P+R
  • Sólo régimen aduanero 40 00
Bienes ≤150 EUR Declaración en aduana conforme al anexo 9 del ADT CAU Hasta la mejora de los Sistemas Nacionales de Importación (para el 31 de diciembre de 2022, a más tardar)  Los EM tienen derecho a utilizar esta alternativa cuando el H7 no esté disponible todavía
Bienes ≤150 EUR Cualquier otro acto de presentación (CN22/23) Hasta finalizar el período de despliegue previsto para el ICS2 (para el 1 de octubre de 2021, a más tardar)
  • El EM concede el período de despliegue y permite el uso de este acto
  • Bienes sujetos a una franquicia aduanera (artículos 23 y 25 del RFA)
  • P+R
  • IOSS o régimen especial utilizado para el IVA
  • Datos aceptados por la aduana
Bienes en un envío postal ≤1.000 EUR Declaración electrónica en aduana con el conjunto de datos H6 A partir del 1 de mayo de 2016
  • P+R
  • CRA 42/63
Bienes en un envío postal ≤1.000 EUR Cualquier otro acto de presentación (CN22/23) Hasta la mejora de los Sistemas Nacionales de Importación (para el 31 de diciembre de 2022, a más tardar)
  • No disponible para bienes en envíos postales contemplados en el artículo 143 bis del AD CAU (bienes ≤ 150 EUR)
  • Si el EM ha concedido esta posibilidad

Bienes >1.000 EUR

Declaración electrónica en aduana con el conjunto de datos H1 A partir del 1 de mayo de 2016 (sin datos)
Bienes >1.000 EUR Declaración en aduana conforme al anexo 9 del ADT CAU Hasta la mejora de los Sistemas Nacionales de Importación (para el 31 de diciembre de 2022, a más tardar) (sin datos)
  1. 2.6.1. Descripción del artículo 144 del AD CAU y del conjunto reducido de datos del anexo B, columna H6
  2. 2.6.2. Transición para los servicios de correos: condiciones y plazo para utilizar la declaración por cualquier otro acto
  3. 2.6.3. Supuestos de despacho de aduana de envíos postales a partir del 1 de julio de 2021