IX.1.1. Antecedentes y legislación
Artículo 226, apartado 3, letra b), y artículo 227, apartado 2, letra b), del CAU
El procedimiento TIR se halla regulado fundamentalmente por el Convenio Aduanero relativo al Transporte Internacional de Mercancías al amparo de los Cuadernos TIR (Convenio TIR de 1975), elaborado bajo los auspicios de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE/ONU). El Convenio TIR fue aprobado en nombre de la Unión Europea por el Reglamento (CEE) n.º 2112/78 del Consejo, de 25 de julio de 1978, y entró en vigor en la Unión el 20 de junio de 1983. Se ha publicado una versión consolidada del Convenio TIR como anexo de la Decisión 2009/477/CE del Consejo, de 28 de mayo de 2009. El Convenio se actualiza de forma periódica y la Comisión publica las correspondientes modificaciones en el Diario Oficial de la Unión Europea indicando su fecha de entrada en vigor.
En el CAU, en su acto de ejecución (artículos 163 a 164, 167 a 168 y 274 a 282) y en su acto delegado (artículos 184 y 186 a 187) se describen las normas internas de la Unión en relación con la circulación de mercancías dentro de la Unión al amparo del régimen TIR.
A 17 de julio de 2020, el Convenio TIR contaba con 76 Partes contratantes, entre las que se incluyen la Unión Europea y sus veintisiete Estados miembros. No obstante, las operaciones TIR solo se pueden llevar a cabo en los países que disponen de asociaciones garantes autorizadas (63 países a 23 de enero de 2020).
De conformidad con la legislación de la Unión, el régimen TIR puede ser utilizado en la Unión únicamente para operaciones de tránsito con punto de partida o de destino en el exterior del territorio aduanero de la Unión o para aquellas que se efectúen de un punto a otro del territorio aduanero de la Unión pasando por el territorio de un tercer país.