IX.4.5. Carga intermedia
Artículo 18 del Convenio TIR
Un transporte TIR puede efectuarse, como máximo, a través de cuatro (92) aduanas de partida o de destino.
En caso de que se carguen mercancías adicionales en la aduana intermedia en tránsito, dicha aduana deberá desempeñar tanto la función de aduana de destino como la de aduana de partida por lo que respecta a la utilización del cuaderno TIR y de los datos que en él se incluyen.
Es preciso seguir el procedimiento descrito anteriormente en el apartado 4.4; en particular, se clausurará la operación precedente en el NCTS y se enviarán los mensajes IE06 e IE018 (véase el apartado IX.5.3).
Tras la carga de las mercancías adicionales, el titular del cuaderno TIR se encargará de presentar una nueva declaración con la información del cuaderno TIR en el NCTS con todos los pormenores de los envíos anteriores (como la referencia del documento anterior (NRM)). Véase un ejemplo en el anexo IX.8.9.