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Manual de Tránsito

IX.8.4. Operaciones TIR en circunstancias especiales (procedimiento de emergencia-continuidad de las actividades)

Utilización del cuaderno TIR

Artículo 274 del AE

Cuando en la aduana de partida o de entrada no funcionen el NCTS o el sistema informático utilizado por los titulares del cuaderno TIR para presentar los datos del cuaderno TIR, se pondrá en marcha el procedimiento de emergencia/continuidad de las actividades y se procederá al levante de las mercancías en el marco de la operación TIR basándose en el cuaderno TIR. El recurso al procedimiento de emergencia/continuidad de las actividades se hará constar en la matriz n.º 1 y sellando la casilla «For official use» (Reservado a la Administración) de la hoja n.º 2, en consonancia con el modelo que figura en el anexo 8.6.

Cuando se restituya la parte pertinente de la hoja n.º 2 en el marco del procedimiento de emergencia/continuidad de las actividades, se indicará, en el reverso de dicha hoja, la dirección de devolución indicada por las autoridades aduaneras de partida o de entrada.

Artículo 279, apartado 5, del AE

En tales casos, no podrá utilizarse el NCTS para finalizar o ultimar la operación TIR dentro del territorio aduanero de la Unión.

La aduana de destino o de salida finalizará el régimen TIR basándose en la hoja n.º 2 del cuaderno TIR y devolverá la parte pertinente de la misma a las autoridades aduaneras del Estado miembro de partida o de entrada, a más tardar, en el plazo de ocho días a partir de la fecha de finalización. La aduana de partida o de entrada comparará la información facilitada por la aduana de destino o de salida a fin de proceder a la ultimación del régimen.
Medidas previas a la investigación en caso de procedimiento de emergencia/continuidad de las actividades
Buenas prácticas del Manual TIR

En caso de que, en el marco de un procedimiento de emergencia/continuidad de las actividades, las autoridades aduaneras del Estado miembro de partida o de entrada no hayan recibido la parte apropiada de la hoja n.º 2 del cuaderno TIR tras expirar el plazo de ocho días previsto al efecto, estas podrán consultar el sistema de control electrónico de la IRU SafeTIR a fin de determinar si en él ha quedado constancia de la presentación del cuaderno TIR en la aduana de destino o de salida. Puede serles útil enviar el aviso de búsqueda del cuaderno TIR a la aduana actual o última de destino o de salida en la Unión.

Si a raíz de la consulta se determinara que el cuaderno TIR no ha sido presentado en la aduana de destino, las autoridades aduaneras del Estado miembro de partida o de entrada podrán incoar sin demora el procedimiento de investigación en la aduana declarada de destino o de salida en la Unión.

Procedimiento de investigación en caso de procedimiento de emergencia/continuidad de las actividades

Artículo 280, apartado 6, del AE

Cuando las autoridades aduaneras del Estado miembro de partida o de entrada no hayan recibido prueba de la finalización de la operación TIR en el plazo de dos meses a partir de la fecha de aceptación del cuaderno TIR o tengan ya previamente la sospecha de que la finalización no ha tenido lugar, enviarán un aviso de investigación (véase el modelo a continuación) a la aduana de destino o de salida. Se recurrirá a ese mismo procedimiento cuando se descubra, a posteriori, que la prueba de finalización de la operación TIR ha sido falsificada.

Se aplicará el procedimiento establecido en la parte VII, capítulo 4 (procedimiento de investigación) mutatis mutandis.

Buenas prácticas del Manual TIR

A continuación, figuran los modelos de carta de información y aviso de investigación que deben utilizarse en el marco del procedimiento de emergencia/continuidad de las actividades.