V.3.2. Aspectos teóricos generales y legislación pertinente
La declaración de tránsito en soporte papel es la declaración en aduana por la cual las mercancías se incluyen en el régimen de tránsito. Se puede presentar mediante los siguientes formularios:
- un documento único administrativo (DUA); o
- un DUA impreso en papel virgen por el sistema informatizado del operador económico; o
- un documento de acompañamiento de tránsito (DAT), complementado, de ser necesario, con una lista de artículos (LdA).
En ese caso, el DAT no llevará un NRM.
Las fuentes legislativas sobre el procedimiento de declaración de tránsito utilizando el DUA y el DAT son las siguientes:
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- Convenio del DUA;
- apéndice I del Convenio:
- artículo 3, letras c) y v), y artículo 26;
- apéndice III del Convenio:
- título III, artículos 5 y 6;
- anexos A3, A4, A5 y A6;
- anexos B1, B4, B5 y B6;
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- artículo 5, apartado 12, y artículo 6, apartado 3, letra b), del CAU;
- apéndices B1-B6, C1, D1, F1 y F2 del anexo 9 del ADT;
- capítulos III y IV del anexo 72-04 del AE.