V.4.2. Aspectos teóricos generales y legislación pertinente
El régimen de tránsito se inicia en la aduana de partida con la presentación de la declaración de tránsito en soporte papel (en forma del DUA o el DAT) y de las mercancías.
Las fuentes legislativas son las siguientes:
- artículo 26 del apéndice I del Convenio;
- artículo 6, apartado 3, letra b), del CAU;
- artículo 291 del AE;
- anexo II del apéndice I del Convenio;
- anexo 72-04 del AE.