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Manual de Tránsito

V.6.4.3. Presentación de las mercancías y los documentos fuera de los días y horas de apertura y en un lugar distinto de la aduana de destino

Artículo 45, apartado 1, del apéndice I del Convenio
Artículo 306, apartado 1, del AE

Por norma general, las mercancías, la declaración de tránsito y los documentos exigidos deberán presentarse:

  • en la aduana de destino; y
  • durante los días y horas de apertura fijados.

No obstante, la aduana de destino podrá, a petición del titular del régimen o de otra persona que presente las mercancías, permitir la presentación de las mercancías y los documentos de tránsito fuera del horario oficial de apertura o en otro lugar distinto.