1.III.6. Ventajas indirectas
Es importante subrayar que, además de las ventajas directas previstas en la legislación, un AEO puede obtener ventajas no vinculadas directamente al ámbito aduanero de su actividad comercial. Aunque se consideran ventajas «indirectas» y, por tanto, no se reflejan explícitamente en la legislación, son relevantes, ya que pueden ejercer un efecto muy positivo en las operaciones mercantiles generales del AEO.