Información general
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Ámbito territorial
El Impuesto Especial sobre la Electricidad se aplica en todo el territorio español, sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de Concierto y Convenio Económico en vigor, respectivamente, en los Territorios del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra y de lo dispuesto en los Tratados y Convenios Internacionales que hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la Constitución Española.
En concreto, la competencia para la exacción del impuesto se regula en el artículo 33 CINCO de la Ley por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco y en el artículo 35.4 de la Ley por la que se regula el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral Navarra.