Fin periodo transitorio SILICIE 2.0
HAC/1505/2024, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Orden HAC/998/2019, de 23 de septiembre, por la que se regula el cumplimiento de la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación.
En consecuencia:
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Quienes se hubieran acogido al período transitorio, antes del 30-06-2025 deben suministrar los asientos contables correspondientes al primer semestre de 2025 en la versión SILICIE 2.0.
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A partir del 01-07-2025 todos los asientos contables correspondientes al ejercicio 2025 deben ser suministrados a través de SILICIE 2.0.