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Control de los residuos con contenido alcohólico procedentes de la levadura que se obtienen en el proceso de fabricación de la cerveza.

Se ha publicado la Nota Informativa NI 22/2025, de 4 de noviembre, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, sobre el control de los residuos con contenido alcohólico procedentes de la levadura que se obtiene en el proceso de fabricación de la cerveza, en el ámbito del Impuesto Especial sobre este producto.  Las medidas que establece esta nota serán exigibles a partir del 1 de abril de 2026.

Se puede consultar la misma en el siguiente enlace: Agencia Tributaria: Notas informativas. También se ha creado el acceso a esa desde el desplegable de “contenido relacionado” que se encuentra en el apartado de la cerveza: Agencia Tributaria: Impuestos sobre el Alcohol y Bebidas Alcohólicas - Cerveza

Por último, y en el apartado de “ayuda” del mismo enlace Agencia Tributaria: Impuestos sobre el Alcohol y Bebidas Alcohólicas - Cerveza se ha incluido en formato Word la “Declaración responsable de los destinatarios de residuos alcohólicos de la cerveza para alimentación animal” que se podrá emplear en el caso que establece el punto 3.4) de la citada Nota Informativa.