Régimen simplificado
Saltar índice de la informaciónObligaciones de facturación en IVA
Si aplicas este régimen, con carácter general, no tendrás obligación de emitir factura, salvo que realices actividades cuyas cuotas devengadas se determinen teniendo en cuenta el volumen de operaciones.
Excepciones:
Deberás emitir factura por determinadas operaciones:
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Venta de activos fijos
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El cliente sea un empresario o profesional
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El cliente sea una Administración Pública
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El destinatario lo exija para el ejercicio de cualquier derecho de naturaleza tributaria
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Determinadas operaciones de comercio exterior