2026 Novedades en el DIVA
Para obtener el reembolso de las cuotas de IVA soportadas por compras realizadas por viajeros en España, cuando se obtenga a través de entidad colaboradora, solo se podrá obtener a través de aquellas que hayan sido autorizadas previamente por la AEAT.
En este caso, los viajeros presentarán los documentos electrónicos de reembolso visados por la Aduana a dichas entidades, que abonarán el IVA soportado en la adquisición de los bienes menos la correspondiente comisión autorizada.
Puede consultar la relación de entidades autorizadas a actuar como colaboradoras en la siguiente lista publicada en Sede Electrónica.
A partir de hoy, es posible presentación de documentos relacionados con los DER identificándose con el CSV del documento sin que sea necesario disponer de NIF.
Pueden consultar el trámite a través de la siguiente ruta en la Sede AEAT:
Inicio > Viajeros, trabajadores desplazados y fronterizos > Devoluciones de IVA por compras de viajeros (DIVA) > Gestiones Destacadas > Todas las gestiones>Contestar requerimientos, efectuar alegaciones y/o aportar documento o justificantes
Será necesario completar el CSV del DER (TAX FREE FORM) que aparece al final del documento. La utilización de este trámite supone la presentación de una comunicación que será tramitada por parte de los órganos competentes de forma oportuna. "