Declaración en Aduana
Para declarar tu mercancía, consulta aquí cómo debes hacerlo, las novedades y normativas
Introducción
Toda mercancía que vaya a incluirse en un régimen aduanero será objeto de una declaración en aduana apropiada para el régimen concreto. Por consiguiente, se presentará una declaración en aduana para vincular mercancías a cualquiera de los siguientes regímenes:
- Despacho a libre práctica. Confiere el estatuto aduanero de mercancía de la Unión a una mercancía de tercer país, previa percepción dederechos de importación y otros gravámenes y la aplicación de medidas de política comercial. El despacho será a consumo cuando además se liquidan los impuestos indirectos ( IVA, II. EE., etc)
- Exportación. Las mercancías de la Unión que vayan a salir a territorio tercero, deberán ser objeto de una declaración de exportación.
En función de las características y el destino de las mercancías le puede interesar otros regímenes aduaneros especiales como: Importación temporal, Destino final, Perfeccionamiento activo o pasivo, tránsito o depósito aduanero.
Todas las declaraciones en aduana se pueden presentar personalmente o a través de representante, siendo necesario disponer de los medios necesarios para su presentación por los medios electrónicos adecuados.
Las mercancías objeto de una declaración en aduana serán objeto de alguno de los siguientes controles:
- Circuito verde. Puede disponer de la mercancía sin más trámites que el pago de la deuda debida o su garantía.
- Circuito naranja. Deberá presentar los documentos y certificados pertinentes a la aduana de despacho, para control.
- Circuito rojo. Además de presentar los documentos y certificados pertinentes a la aduana de despacho, se realizará reconocimiento físico de la mercancía.