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No se admitirá la generación de Declaraciones Sumarias de Depósito Temporal (DSDT) desde Tránsito en recintos no marítimos desde el 09.03.2026

A partir del día 09.03.2026 (inclusive), cuando se reciba una declaración de tránsito en un recinto aduanero no marítimo, no se podrá utilizar el indicador 'SG' (Generación de Declaración Sumaria de Depósito- DSDT). Por lo tanto, a partir de dicho día, para aduanas no marítimas, solo se podrá usar los indicadores 'SP' (Sumaria Previa), 'GG' (Generación de G4) o 'GP' (G4 Previo).  Recordamos además, que cuando un tránsito se genera un G4 en un recinto, a diferencia de la generación de la DSDT, dicha generación se produce en el momento de la ultimación del tránsito, y no en la recepción del mismo.