Aplazamiento y fraccionamiento de deudas
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Dependiendo del estado en el que se encuentre la solicitud de aplazamiento se podrá enviar un requerimiento, ver el acuerdo que informa de la concesión o denegación del mismo, acceder a la carta de pago, al pago mismo y conocer si la solicitud se ha dado por finalizada.
Para acceder es necesario identificarse con el certificado electrónico, DNIe , eIDAS o Cl@ve del obligado tributario. En el caso de que accedas como representante, será necesario que utilices certificado electrónico.
Es posible filtrar la búsqueda de solicitudes de aplazamiento mediante el código de solicitud y/o la fecha de presentación.
Aparecen todas las solicitudes de aplazamiento del obligado al pago que están en situación de que el formulario pueda ser presentado por internet.
En caso de tener varios aplazamientos para un titular, se muestra el listado con todos ellos.
Los posibles estados de la solicitud de aplazamiento son:
- Solicitud en trámite. Este estado significa que se encuentra pendiente de distintas comprobaciones. También se muestra "Solicitud en trámite" si se ha emitido ya un acuerdo pero no ha sido notificado.
- Ver acuerdo. En este caso hay dos posibles opciones:
- Denegación. Acuerdo finalizado por denegación. En la "Resolución" se incluye la carta de pago (modelo 010).
- Concesión. Permite generar cartas de pago desde la aplicación (barra superior).
- Solicitud finalizada.
- Solicitud finalizada por anulación.
- Solicitud finalizada por desistimiento.
- Solicitud finalizada por archivo.
Para consultar más información acerca de la solicitud de aplazamiento haz clic en el nº de solicitud.
A continuación se muestra el "Detalle de la solicitud" que permite ver:
- Consulta detallada de la situación de tramitación del aplazamiento.
- Consulta de los plazos concedidos.
- Consulta del acuerdo de aplazamiento.
- Pago de plazos.
En función del estado en que se encuentre la solicitud, se mostrarán dos opciones en la barra superior: "Gestión de domicilios" y "Gestión de Domiciliaciones".
Gestión de Domiciliaciones, permite cambiar el número de cuenta de la domiciliación.
Para dar de alta otro domicilio existe la opción "Alta de Domicilio", que ese encuentra en la parte inferior de dicha pantalla.
Aquellas solicitudes para las que se ha emitido y consta notificado ya un acuerdo, al hacer clic en el número de acuerdo, se muestran otras opciones disponibles que dependen del resultado del acuerdo:
- Acuerdo concedido: permite, al menos, "Ver resolución" y "Pagar".
- Acuerdo denegado: permite "Ver resolución" y "Gestión de domicilios". La resolución incluye carta de pago (010) para realizar el ingreso.
Es importante tener en cuenta que desde "Gestión de aplazamientos como obligado tributario / Representante" sólo es posible generar cartas de pago para aquellas solicitudes en las que ya se haya emitido y notificado un acuerdo de concesión del aplazamiento.
No es posible consultar las cartas de pago generadas anteriormente.
Aparecerá un resumen sobre la emisión de la carta de pago. Es necesario cumplimentar la fecha en la que se desea hacer el pago. A continuación pulsa "Aceptar".
Aparecerá una relación de plazos; localiza el plazo en cuestión y accede a "Pagar".
A continuación, se muestra la información relacionada a la carta de pago y las opciones para generar el documento PDF o hacer el pago por internet.
Recuerda que la consulta de los aplazamientos presentados se puede realizar o bien en nombre propio o bien como representante (apoderado al trámite GENERALLEY58 o al específico RB01011). Como colaborador social, sin apoderamiento, no es posible consultar el aplazamiento presentado.