Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Los contribuyentes que en 2020 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears podrán aplicar las siguientes deducciones autonómicas:
- Por determinadas inversiones de mejora de la sostenibilidad en la vivienda habitual
- Por arrendamiento de la vivienda habitual en el territorio de las Illes Balears a favor de determinados colectivos
- Por determinadas subvenciones y ayudas otorgadas por razón de una declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil
- Por gastos de adquisición de libros de texto
- Por gastos de aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros
- Para cursar estudios de educación superior fuera de la isla de residencia habitual
- Por arrendamiento de bienes inmuebles en el territorio de las Illes Balears destinados a vivienda (deducción del arrendador)
- Por arrendamiento de vivienda en el territorio de las Illes Balears derivado del traslado temporal de residencia por motivos laborales
- Por donaciones a determinadas entidades destinadas a la investigación, el desarrollo científico o tecnológico, o la innovación
- Por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración empresarial, relativos al mecenazgo cultural, científico y de desarrollo tecnológico y al consumo cultural
- Por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración, relativos al mecenazgo deportivo
- Por donaciones a determinadas entidades que tengan por objeto el fomento de la lengua catalana
- Por donaciones a entidades del tercer sector
- Para los declarantes con discapacidad física, psíquica o sensorial o con descendientes con esta condición
- Por gastos relativos a los descendientes o acogidos menores de seis años por motivos de conciliación
- Por inversión en la adquisición de acciones o de participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación