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Manual de Tránsito

V.1.3. Sello utilizado en caso de aplicarse el procedimiento de continuidad de las actividades

La declaración de tránsito en soporte papel utilizada para un procedimiento de continuidad de las actividades deberá ser reconocible por todas las partes implicadas en la operación de tránsito, a fin de evitar problemas en la aduana o las aduanas de paso y en la aduana de destino.

A tal fin, en los ejemplares de la declaración de tránsito en soporte papel deberá indicarse que se está aplicando un procedimiento de continuidad de las actividades mediante la colocación de un sello (dimensiones: 26 × 59 mm) en la casilla A del DUA o en la casilla NRM del DAT. Este sello podrá ir preimpreso en el DUA o el DAT.

  • El documento será sellado por la aduana de partida cuando se aplique el procedimiento ordinario o por el expedidor autorizado cuando se utilice el procedimiento simplificado.
  • El anexo V.1.8.1 recoge los sellos utilizados en el procedimiento de continuidad de las actividades en los diferentes idiomas de la Unión.

Nótese que son admisibles tanto el anterior sello introducido con el Reglamento (CEE) n.º 2913/92 del Consejo, por el que se aprueba el Código Aduanero Comunitario, como el nuevo sello introducido por el CAU. Se podrá seguir utilizando los sellos anteriores hasta el agotamiento de las existencias.