Preguntas frecuentes
Conoce la información más relevante del portal de subastas del BOE
Pujas
Sólo pueden pujar en una subasta aquellos usuarios registrados que hayan constituido el depósito establecido por la Autoridad Gestora, en las subastas que así lo requieran.
En el momento de participar en una subasta realizando la primera puja, el Portal le solicitará que indique si lo va a hacer en su propio nombre (la persona física registrada), en régimen de gananciales o en representación de un tercero. Las pujas sucesivas se entenderán realizadas con las mismas características de la primera puja.
No. Las pujas que han sido confirmadas en el Portal de subastas no pueden ser retiradas ni modificadas. Por ello, es imprescindible que antes de confirmar una puja revise detenidamente los datos de la puja que va a confirmar.
Si durante el proceso de realización de una puja usted indica que quiere realizar reserva de postura, su depósito será retenido en el momento de conclusión del período de pujas de la subasta, aunque su puja máxima haya sido superada por otro postor, hasta que la subasta adjudicada y finalizada por la Autoridad Gestora. En el caso de que los postores con pujas más altas no resulten finalmente adjudicatarios, la Autoridad Gestora de la subasta nombrará como nuevo adjudicatario al segundo o sucesivo mejor postor que hubiera solicitado la reserva de su puja.
El Portal preguntará una única vez al postor si desea reservar su puja máxima. Será en el momento de la primera puja del postor en la subasta. Una vez realice una puja indicando que desea realizar reserva, todas las pujas sucesivas de la misma subasta se realizarán con reserva de puja. Asimismo, una vez realice una puja indicando que NO desea realizar reserva, todas las pujas sucesivas de la misma subasta se realizarán sin reserva de puja.
En caso de que desee realizar una puja por un valor inferior o igual a la puja máxima, el sistema sólo lo permitirá si además acepta una reserva de su puja hasta la adjudicación de la subasta, ya que sólo podrá llegar a ser el adjudicatario final si los postores con pujas más altas renuncian a la adjudicación.
El Portal de subastas le enviará los siguientes avisos informativos, relativos a la evolución de la subasta:
- Si en un momento dado usted es el mejor postor, se le enviará un aviso la primera vez que su puja se vea sobrepasada por la de otro postor. Si dicha puja fuera nuevamente superada, solo se le enviará el aviso al nuevo mejor postor en ese momento.
- Si ha participado de alguna forma en la subasta (realizando depósito, pujas o ambos), se le enviará un aviso con la finalización del período de pujas. Además, si ha realizado pujas con reserva de postura se le enviará el certificado de su mejor puja a la conclusión de la subasta.
- Si así lo ha solicitado en el Portal a través de sus búsquedas, se le enviará un aviso con el inicio del período de pujas de las subastas correspondientes.
La participación en una subasta tiene dos partes diferenciadas que deben ser realizadas por el mismo usuario del Portal de Subastas.
- Constitución del depósito. Puede constituir el depósito con la cuenta bancaria que desee siempre que cumpla estas condiciones:
- Pertenecer a una de las entidades colaboradoras de la AEAT.
- Que el usuario que realiza la operación en el Portal (usted en este caso) sea o bien el titular de la cuenta o bien un representante apoderado en la cuenta (si el titular es una sociedad).
- No necesitar de firma conjunta, si tiene más de un titular
- Realización de la puja. En uno de los pasos de realización de la puja, el Portal le solicitará que indique su forma de actuación, es decir, en nombre de quien está actuando. En ese momento, es cuando usted deberá indicar que actúa en todo o en parte en nombre de un tercero. El Portal le solicitará los datos del tercero al que está representando, que será a nombre de quién se realizará la puja y a quién se le adjudicará el bien, en caso de ser el ganador.
Puede identificarse en el Portal utilizando su certificado de representante o un certificado personal, pero independientemente de cómo se haya identificado en el Portal, para realizar una puja en nombre de una sociedad, siempre deberá indicarlo en el momento de realizar la puja, cuando el Portal le solicite indicación sobre su forma de actuación (personal, gananciales o en representación de terceros). Para que el certificado de la puja se emita a nombre de la sociedad, es imprescindible que usted indique en ese momento que actúa en representación de un tercero (en este caso la sociedad). De no hacer esta indicación, el certificado de puja se emitirá únicamente a su nombre y no a nombre de la sociedad.
Sí, el importe de salida o puja mínima del bien o lote subastado será el 10% del tipo de subasta, salvo que estos bienes o lotes tengan una carga superior o igual al 25% del importe de valoración, en cuyo caso, no habrá puja mínima.