Novedades publicadas en el INFORMA 2023
Saltar índice de la informaciónNovedades publicadas en el INFORMA durante el mes de JULIO
146596 - AMORTIZACIÓN ACELERADA INVERSIONES EN NUEVAS INFRAESTRUCTURAS DE RECARGA VEHÍCULOS ELÉCTRICOSCon efectos desde 30 de junio de 2023 las inversiones en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos podrán amortizarse en función del coeficiente que resulte de multiplicar por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas de amortización oficialmente aprobadas.
146597 - AMORTIZACIÓN ACELERADA INVERSIONES EN NUEVAS INFRAESTRUCTURAS DE RECARGA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS. REQUISITOSPara la aplicación de la amortización acelerada se exigirá el cumplimiento de los siguientes requisitos: Aportación de la documentación técnica preceptiva y obtención del certificado de instalación eléctrica.
146604 - AMORTIZACIÓN SEPARADA INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA COMPLEJACuando un activo esté formado por partes separables por naturaleza, que presenten una vida útil diferente, se deberá amortizar por separado cada una de esas partes según lo establecido en la normativa contable aplicable.
146605 - AMORTIZACIÓN INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA COMPLEJA: PERIODO MÁXIMO DE AMORTIZACIÓNUna planta solar fotovoltaica puede estar comprendida dentro de las Centrales renovables de la tabla de amortización de la letra a) del apartado 1 del artículo 12 de la LIS, y la estructura que soportará la instalación de placas fotovoltaicas podría considerarse comprendida en la categoría de Resto instalaciones, cuyo coeficiente de amortización lineal máximo es del 10% y su periodo de amortización máximo es de 20 años.
146598 - BASE DE DEDUCCIÓN POR GASTOS REALIZADOS EN LA PRODUCCIÓN Y EXHIBICIÓN DE ESPECTÁCULOS EN VIVO: IMPORTE SATISFECHO POR CACHÉLa deducción del artículo 36.3 de la LIS se configura en torno a los gastos realizados en cada período impositivo relacionados con el desarrollo de determinadas actividades. Para determinar los gastos que generan el derecho a la deducción en cada período impositivo habrá que estar a aquellos que tengan tal calificación desde un punto de vista contable en dichos períodos.
146599 - DEDUCCIÓN GASTOS REALIZADOS EN LA PRODUCCIÓN Y EXHIBICIÓN DE ESPECTÁCULOS EN VIVO. REQUISITO ASUNCIÓN DEL RIESGO ACTIVIDADES PRODUCCIÓN ESPECTÁCULOSUn grupo musical que percibe un importe fijo, por sus actuaciones, no genera el derecho a la deducción, prevista en el artículo 36.3 de la LIS, en la medida en que no asume el riesgo del desarrollo de actividades de producción y exhibición de los espectáculos.