Modelo 720. Declaración Informativa. Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero.
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AVISO: En el modelo 720 no se informa de monedas virtuales.
La declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero no es exigible respecto al ejercicio 2022
Información
- Preguntas frecuentes
(Actualizadas a abril de 2024)
- Diseños de registro. Resto de modelos
- Plazos de presentación
- Consultas informáticas - Modelo 720
- Orden HFP/1180/2023, de 26 de octubre,
la que se modifica la Orden EHA/3481/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 189 de Declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores de dicho modelo por soportes directamente legibles por ordenador y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática; y la Orden HAP/72/2013, de 30 de enero, por la que se aprueba el modelo 720, de Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, a que se refiere la disposición adicional decimoctava de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación.
- Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre,
por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.
- Orden HAP/72/2013, de 30 de enero,
por la que se aprueba el modelo 720, declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, a que se refiere la disposición adicional decimoctava de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación.