Comunicaciones entre los intervinientes y partícipes en los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal
Gestiones
Las características específicas de esta declaración no permiten la realización de trámites por vía electrónica. La tramitación de este modelo se realiza por los obligados tributarios interesados o intermediarios que intervengan en el mecanismo transfronterizo de planificación fiscal que debe declararse en el Modelo 234 y 235.
Información
- Resolución de 8 de mayo de 2024,
del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 8 de abril de 2021, por la que se aprueban los modelos de comunicaciones entre los intervinientes y partícipes en los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal objeto de declaración.
- Resolución de 8 de abril de 2021,
del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban los modelos de comunicaciones entre los intervinientes y partícipes en los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal objeto de declaración.