Preguntas frecuentes
(Actualizadas a abril de 2024)
Preguntas técnicas
-
NIF
-
Apellidos y nombre o razón social
(Persona con quién relacionarse):
-
Teléfono – Admite nueve dígitos. No obstante en el caso de tratarse de un número cuya extensión (por prefijos extranjeros) sea mayor, se deberá consignar el número de teléfono sin tener en cuenta los prefijos.
-
Apellidos y nombre
-
Clave de condición del declarante
-
Clave tipo de bien o derecho
-
Subclave de bien o derecho
-
Código de país. (Anexo 2 de la Orden EHA/3496/2011, de 15 de diciembre)
(Domicilio de la entidad/ubicación del inmueble)
-
Código país. (Anexo 2 de la Orden EHA/3496/2011, de 15 de diciembre)
-
Origen del bien o derecho (Si es el primer ejercicio que se declara, si se transmite o si se vuelve a declarar por incrementarse los valores conjuntos en más de 20.000 €)
-
Porcentaje de participación – Cuando se trata de “autorizados” este campo NO es obligatorio.
-
Clave identificación de cuenta.
-
Código de cuenta.
-
Identificación de la entidad.
-
Si el origen del bien o derecho es “A”
Fecha de incorporación.
Valoración 1: Saldo a 31/12.
Valoración 2: Saldo medio último trimestre.
-
Si el origen del bien o derecho es “C”
Fecha de incorporación.
Fecha de cancelación.
Valoración 1: Saldo en la fecha de cancelación.
La fecha de incorporación NO es obligatoria.
-
Clave de identificación (solo obligatorio si la clave es "V" o "I").
-
Identificación de valores (solo obligatorio si la clave es "V" o "I").
-
Identificación de la entidad.
-
Valoración 1.
-
Clave de representación de valores (solo obligatorio si la clave es "V" o "I").
-
Número de valores (solo obligatorio si la clave es "V" o "I").
-
Fecha de incorporación.
-
Si el origen del bien o derecho es “A”
Valoración 1: valor de adquisición.
-
Si el origen del bien o derecho es “C”
Fecha de transmisión.
Valoración 1: valor de adquisición.
Valoración 2: Valor de transmisión.
-
Clave tipo de bien inmueble.
Sí.
Accediendo al trámite de presentación, con certificado electrónico o Cl@ve PIN (esta última para presentaciones correspondientes a 2013 y siguientes), y cumplimentándose el formulario, existe una opción en la parte inferior llamada “borrador”.
Con esta opción se visualiza el PDF no válido para la presentación con todos los registros de bienes y derechos declarados.
Desde este PDF no valido para la presentación se puede enviar/firmar/presentar directamente la declaración.
Sí, en la misma pantalla que aparece al acceder a “presentación electrónica”, tenemos la opción de “aportar documentación complementaria”.