Qué se entiende por Gran Empresa a efectos tributarios
Cuando una empresa, empresario o profesional supera los 6.010.121,04 de euros de facturación en un año, a partir del año siguiente pasa a tener la condición de Gran Empresa, produciéndose importantes efectos tributarios que han de tenerse en cuenta en la realización de trámites ante la Agencia Tributaria
¿Qué es y cuándo se calcula el volumen de operaciones?
Es el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por el contribuyente durante el año natural, incluidas las exentas del impuesto.
Importante: en el cálculo del volumen de operaciones no se incluyen las cuotas del IVA, ni el recargo de equivalencia, ni la compensación percibida por agricultores, pescadores y ganaderos que tributen en el Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
El volumen de operaciones debe calcularse cada ejercicio, produciendo efectos respecto al ejercicio posterior.