Qué se entiende por Gran Empresa a efectos tributarios
Cuando una empresa, empresario o profesional supera los 6.010.121,04 de euros de facturación en un año, a partir del año siguiente pasa a tener la condición de Gran Empresa, produciéndose importantes efectos tributarios que han de tenerse en cuenta en la realización de trámites ante la Agencia Tributaria
¿Qué operaciones se excluyen para calcular el volumen de operaciones?
No se incluyen las siguientes operaciones:
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las entregas ocasionales de bienes inmuebles;
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las entregas de bienes calificados como de inversión respecto del transmitente;
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las operaciones financieras, exentas o no del IVA, y las operaciones exentas relativas al oro de inversión (estas operaciones no se incluirán cuando unas y otras no sean habituales de la actividad empresarial o profesional del sujeto pasivo).