Cuestiones a tener en cuenta en la liquidación del Impuesto en 2024
Te informamos de las principales novedades para la Campaña de Sociedades 2024
Nuevo gasto no deducible
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2024, la Ley 7/2024, de 20 de noviembre, modifica la letra b) del artículo 15 de la LIS para establecer que los gastos derivados de la contabilización del Impuesto Complementario no son fiscalmente deducibles. Asimismo, no tendrán la consideración de ingresos los procedentes de dicha contabilización.