2025 Novedades de Aduanas
Hoy 1 de abril comenzará a liquidarse el Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco en las importaciones. Dado que es posible que algunos importadores no dispongan todavía de Código de actividad y establecimiento (CAE), durante un período de tiempo se permitirá que se declare el código de documento 5004 seguido de la expresión "Pendiente" a los efectos de permitir la presentación de declaraciones de importación de las mercancías contenidas en el ámbito objetivo del impuesto en régimen suspensivo a aquellos operadores que lo han solicitado pero están pendientes de la autorización del mismo.
La duración del citado período dependerá de las autorizaciones pendientes en las oficinas gestoras durante este mes de abril, comunicándose por esta vía el fin del mismo.
Relativa al control del comercio de las sustancias que agotan la capa de ozono.
La Ley 7/2024, de 20 de diciembre, aprobó, entre otras medidas tributarias, un nuevo impuesto especial de fabricación: el Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco.
Se informa que el despliegue de ELO, previsto inicialmente para el 1 de abril de 2025, se ha pospuesto unas semanas.
Que sustituye a la Nota Informativa 09/2024 de 13 de marzo, relativa a los controles veterinarios.
A partir del jueves 20 de marzo podrá declararse en la cas. 44 del DUA, cuando sea preceptivo, el código de certificado C646 (NOA) expedido por los Servicios de Control Oficial en Frontera (SCOF) dependientes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA)
C646 Notificación de la llegada (NOA) de determinadas mercancías que entran en la Unión y a las que no se aplican los artículos 47 y 48 del Reglamento (UE) 2017/625 (Reglamento Delegado (UE) 2024/2104 de la Comisión).
Ante los rechazos que se están produciendo por el mal uso del criterio contenido en la Nota Informativa 22/2024 de 4 de diciembre del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, sobre la identificación del contenedor en exportaciones con salida indirecta, se recuerda lo siguiente.
Según lo explicado en la Nota Informativa 22/2024, únicamente se debe utilizar la palabra "DISCREPANCIACC507" como identificador de contenedor en una declaración de exportación, cuando no se conozca el identificador real del contenedor en el momento de presentar la declaración, y además, éstos identificadores ficticios deben ser sustituidos obligatoriamente en el mensaje CC507CEnt (Notificación de llegada a la Aduana de Salida) por los identificadores reales de los contenedores presentados en la aduana de salida de la exportación.
Se amplia la información, para añadir como válida la palabra "DISCREPANCIA". De forma que "DISCREPANCIACC507" y "DISCREPANCIA" son palabras válidas para el supuesto de la NI 22/2024.
Además, para favorecer el cumplimento de la NI 22/2024 se han puesto en vigor las siguientes validaciones:
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En línea con la nota informativa "Nota Informativa 09/2025 de 3 de marzo del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales relativa al control de comercio de las sustancias que agotan la capa ozono, en los certificados Y798, Y799 , la referencia debe ser un formato numérico del tipo n..16,6 (numérico con hasta 16 dígitos con hasta 6 decimales).
Para más información de estos certificados, se recuerda que se ha publicado una nota informativa:
Tras consultar las validaciones del sistema europeo CERTEX y cara a la declaración de certificados no aduaneros solicitados por la medida destinada al "Control de las importaciones de gases fluorados de efecto invernadero-724", se realizan las siguientes aclaraciones.
Se publican nuevas versiones de las guías técnicas del G3v2 (versión 2.7) y del G4 (versión 1.2), para la declaración de depósito temporal G4 y presentación de sus mercancías ante la aduana.
El principal cambio es la limitación de la declaración de grupo PreviousDocument a los conocimientos y el paso a condicional (antes era obligatoria) de la referencia del documento previo en función del tipo de documento. Se aportan algunas aclaraciones sobre validaciones, eliminación de la descripción de un flujo declarativo no permitido y varias correcciones de erratas. Ver control de versiones para más detalles.
Se recuerda que para el entorno aéreo se ha fijado como fecha de cierre de las DSDT (Sumarias de Descarga) el 15/01/2026.
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relativa al control de comercio de las sustancias que agotan la capa ozono
Documentación que ha variado Guía del Servicio Web Envío de Documentación técnica V1.6.
Guía del Servicio Web Envío de Documentación técnica V1.6.
Se añaden operaciones específicas para CGM y JEC (CGM):
. “06 - CGM. Documentación Previa al despacho.”
. “07 - JEC (CGM). Documentación Previa al despacho.
Puede verse en:
SEDE:
Agencia Tributaria: Guías técnicas - Presentación DUA (Documento Único Administrativo)
Servicios Web (agenciatributaria.gob.es).
relativa al control del comercio de gases fluorados de efecto invernadero.
Con fecha 3 de marzo de 2025 será de aplicación la interconexión al sistema de intercambio de certificados de la ventanilla única aduanera de la Unión Europea (EU CSW-CERTEX) tal y como establece el Reglamento (UE) 2022/2399 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de noviembre de 2022 por el que se establece el entorno de ventanilla única de la Unión Europea para las aduanas y por el que se modifica el Reglamento (UE) 952/2013 para las siguientes formalidades no aduaneras de la Unión.
sobre operadores que realicen actividades en zonas francas que sustituye a la Nota Informativa 03/2025 de 5 de febrero
Se han publicado las especificaciones técnicas para la declaración del Customs Goods Manifest (CGM), de prueba de estatuto de mercancía de la Unión.
Todos los operadores económicos europeos con mercancías que cruzan el Canal de la Mancha deben ajustar su organización al nuevo ELO (Sobre Logístico Obligatorio). Esta herramienta permite a los operadores económicos que cruzan la frontera inteligente con Reino Unido agrupar sus declaraciones en un único código de barras.
Se publican nuevas versiones de las guías técnicas del G3v2 (versión 2.5), del G4 (versión 1.0) y del G5 (versión 2.5), para la declaración de depósito temporal G4, presentación de sus mercancías ante la aduana y movimiento de las mismas en condición de depósito temporal aduanero.
Se corrigen erratas y se incluyen algunos apartados informativos.
Los mensajes G5G y G5S, cubiertos por el G5v2, que permiten mover la mercancía en depósito temporal declaradas con G4 entrarán en producción y podrán comenzar a declararse el próximo 03/03/2025. Se recuerda que para el entorno aéreo se ha fijado como fecha de cierre de las DSDT (Sumarias de Descarga) el 15/01/2026.
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Se modifica el formato de StatusDeclaration pasando de alfabético de 2 caracteres a alfanumérico de 2 caracteres en los mensajes de XML con la Aduana.
Pueden verse en los siguiente a partir de mañana a las 08:00:
Agencia Tributaria: Guías técnicas - Presentación DUA (Documento Único Administrativo) Apartado 13.
El 19 de febrero se puso en funcionamiento un nuevo Punto Único de Entrada para la Solicitud del Control de las Importaciones de Productos Ecológicos procedentes de Terceros Países (PUE-ECOS) (Medida TARIC 750 - ORGAN - Control de las importaciones de productos ecológicos).
Desde el pasado 18 de febrero, las mercancías afectadas por las medidas SNM, VIM y TST son objeto de despacho manual. Esto se debe a que la Comisión Europea ha adelantado al 18 de febrero la fecha en la que ha sustituido en TRACES NT el CHEDD por el nuevo certificado NOA (notificación de llegada (Notification of Arrival – NOA), a pesar de que la fecha prevista en el Reglamento de Ventanilla Única Europea para la entrada en funcionamiento de CERTEX es el 3 de marzo de 2025.
Los Departamentos de Aduanas e II. EE. y de Informática Tributaria están trabajando en los desarrollos necesarios para volver lo antes posible al despacho automático a través de la Ventanilla Única Aduanera (VUA). Se informará oportunamente de la finalización de estos desarrollos.
Por la que se sustituye la NI GA 01/2024 de 30 de enero, relativa a la exención de los derechos antidumping aplicables a la importación de piezas esenciales de bicicleta originarias de China prevista en el Reglamento (CE) nº 88/97 de la Comisión Europea
Que sustituye a la Nota Informativa 13/2024 de 30 de mayo, sobre destrucción de mercancía vulneradora de derechos de propiedad intelectual con arreglo al Reglamento (UE) nº 608/2013
sobre el modelo de certificado de seguro de caución para garantizar el pago de la deuda aduanera y fiscal.
A partir del 19 de febrero realizar la solicitud de control de las importaciones de productos ecológicos procedentes de terceros países (Medida TARIC 750 - organ - Control de las importaciones de productos ecológicos) será obligatoria a través del PUE-ECOS que ofrece dos sistemas para la gestión telemática de solicitudes por parte de los operadores
Durante la 126ª Reunión Comité del Código Aduanero –Legislación General, celebrada el viernes 7 de febrero de 2025, los Estados miembros han votado la nueva revisión del "Reglamento de Ejecución sobre las Disposiciones Técnicas para desarrollar, mantener y emplear sistemas electrónicos para el intercambio y Almacenamiento de información en virtud del Reglamento (UE) n.º 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo" (IRTA).
Con arreglo al artículo 56 revisado de dicho Reglamento, las medidas transitorias para las AES, incluido el convertidor, se prorrogará hasta el 14 de diciembre de 2025.
La Comisión desea pedir a todos los Estados miembros y a los agentes económicos que adopten medidas acciones inmediatas para adaptar sus sistemas a la nueva fecha de finalización de AES TP, que es de 14 Diciembre de 2025.
Véase también la comunicación publicada en el sitio web Europa:
Extension of the Transition period to the Automated Export System (AES) - European Commission.
sobre operadores que realicen actividades en zonas francas.
El Brexit Project Team de la Aduana francesa, dentro de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Indirectos (DGDDI), ha convocado unas sesiones informativas para explicar unas modificaciones importantes en el ELO (Enveloppe Logistique Obligaotire) que entrarán en vigor el próximo 1 de abril.
Estas sesiones se impartirán en formato "webinar" y tendrán lugar:
- El 17 de febrero de 2025, de 14:00 a 15:30 CET, en francés y
- El 18 de febrero de 2025, de 10:00 a 11:30 CET, en inglés.
Se va a fijar el periodo de coexistencia de los mensajes G3 y G4, por un lado, y la DSDT, por otro, en el sector aéreo, de manera que este periodo concluirá el 15 de enero de 2026. A partir de esa fecha ya no se admitirán mas DSDT aéreas y solo se podrán declarar mensajes G4 y G3.
Se informa que en el día de hoy se ha publicado una guía explicativa del Acuerdo interino de Comercio entre la Unión Europea y la República de Chile.
Cambios en los controles en frontera de los capítulos 07, 08 y 09 del arancel.
El próximo 10 de febrero de 2025 de 10:00 a 12:00 horas tendrá lugar un seminario web en el que se informará sobre las fechas de cierre del actual sistema de importación ya comunicadas en novedad de fecha 11 de junio de 2024 y se responderá a las cuestiones planteadas según se indica más abajo.
Hasta el día 05 de febrero de 2025 inclusive, podrán remitirse aquellas cuestiones que deseen sean aclaradas durante el mismo a la siguiente dirección de correo: H1.info@correo.aeat.es
El próximo 20 de enero de 2025 a las 23:59:59 (hora UTC) acabará el periodo provisional del sistema NCTS5, y empezará el periodo definitivo, donde se empezarán a aplicar las condiciones relativas a los datos de las declaraciones de tránsito para dicho periodo.
Se cancelan estas validaciones hasta nuevo aviso.
Agencia Tributaria: Nuevas validaciones en declaraciones aduaneras.
- Documentación que ha variado.
Pueden verse en:
Agencia Tributaria: Guías técnicas - Presentación DUA (Documento Único Administrativo)
Servicios Web (agenciatributaria.gob.es). A partir del 10/01/2025.
- Fecha entrada en vigor y cierre definitivo del dúa actual PreCau.
- Correo de consultas:
Se ha publicado el acceso al entorno de presentación del Modelo 591 que incluye las modificaciones del mismo, en vigor, a partir del 1 de enero de 2025.
Los detalles de los cambios se incluyen en la nueva versión del documento de "diseños a los que deben ajustarse los archivos que se generen para la presentación telemática del modelo 591"
La nueva versión incluye las especificaciones correspondientes a los campos que deben completarse, e instrucciones de como realizar la presentación.
Georgia ha sido invitada formalmente a adherirse al Convenio de tránsito común y al Convenio sobre la simplificación de formalidades en el comercio de mercancías. Una vez depositados los instrumentos de adhesión el 19 de diciembre de 2024 y realizados los trámites necesarios para hacer efectiva esta incorporación, Georgia será parte contratante de dichos Convenios a partir del 1 de febrero de 2025.
Se ha detectado que se están produciendo declaraciones incorrectas de importación y exportación. De esta forma, desde el 14 de enero, se introducirán los siguientes rechazos en el sistema de declaraciones aduaneras:
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Importación. No se permitirá la representación indirecta cuando los regímenes solicitados sean el 53 (importación temporal / TEA) , 51 (perfeccionamiento activo / IPO IM EX), y 44 (destino final / EUS), 46 y 48 (perfeccionamiento pasivo / OPO IM EX).
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Exportación. No se permitirá la representación indirecta cuando los regímenes solicitados sean el 11 (perfeccionamiento activo / IPO EX IM) y el 21 (perfeccionamiento pasivo / OPO EX IM) y 22 (perfeccionamiento pasivo / OPO distinto del 21).
Además, las próximas versiones de las guías técnicas de estos sistemas incorporarán estas validaciones.
A partir del día 28 de enero de 2025 se va a limitar el número de usos del servicio web de "Consulta Completa de una Exportación (CCAESC)" a un máximo de 30 veces por cada MRN de declaración de exportación.
En la Guía técnica de Servicios Web del sistema de Exportación AES se advierte de que no debe hacerse un uso masivo de dicho servicio web de consulta completa. Se trata de una consulta muy útil, pero que consume muchos recursos, por lo que su uso debe ser limitado y razonable.
Se recuerda, que si el operador desea saber si la declaración de exportación ya tiene salida efectiva o desea estar informado de otros eventos sucedidos en la gestión de la declaración, debe subscribirse al servicio de Bandeja de entrada de exportación AES. Dicho servicio de Bandeja de entrada permite que el operador reciba automáticamente las comunicaciones relativas a sus declaraciones de exportación en el mismo momento en el que se producen. Con esas comunicaciones estará al corriente de lo que sucede en sus declaraciones sin tener que hacer un uso masivo innecesario de la Consulta completa de la exportación.
La forma de subscribirse a las comunicaciones de la bandeja de entrada de exportación AES se explica en la guia técnica de servicios web de exportación AES , la cual se encuentra publicada en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.